DERECHOS Y DEBERES PARA LA TENENCIA DE MASCOTAS
Derechos del propietario
Tener una mascota en su unidad residencial de acuerdo al fallo de tutela CN Art. 16, sentencia-035 de 1.997 Corte Constitucional.
Por medio de éste fallo se reconoce el derecho a tener animales y compartir con ellos, aún en propiedades sometidas a normas de propiedad horizontal, como la expresión del ejercicio de derechos fundamentales que deben ser objeto de protección y garantía jurídica, relativos a la intimidad y al libre desarrollo de la personalidad.
Con respecto a los ladridos, de acuerdo al fallo de la Corte Constitucional T-119/98
“…propio de la naturaleza de los perros es ladrar y no es razonable exigirle a sus dueños que lo impidan, que estén pendientes del momento en que lo hacen o de regular la intensidad de los ladridos, a tal punto que muchas de las molestias que ocasionan no son diferentes a aquellas cargas que inevitablemente impone la vida en sociedad y que deben soportarse en aras de una sana y pacífica convivencia”.
Derechos de la mascota
- Los animales solo tienen derechos; los deberes son de sus propietarios o tenedores.
- No sufrir maltrato a actos de crueldad (Ley 84 del 89)
- Recibir alimento adecuado, tener agua a disposición permanente.
- Tener un refugio adecuado que los proteja de las inclemencias del tiempo (Frío, calor, sol, lluvia, etc.)
- Derecho a la movilidad y hacer ejercicio, como parte de su comportamiento natural.
- No permanecer encerrado o solitario por largos períodos de tiempo.
- No ser abandonado
- Recibir atención veterinaria en caso de enfermedad o accidente por parte de su tenedor o propietario.
- No ser entregado como juguete a los niños.
- Los perros, como todos los animales son seres vivos que merecen el respeto del hombre, forman parte importante de la familia y sin duda alguna son el mejor amigo del hombre.
Deberes de los propietarios
- Recoger las excretas de la mascota.
- Responder por los daños o perjuicios materiales que éstos causen.
- En los casos de tener un perro considerado potencialmente peligroso, sacarlos con trailla, correa y bozal. Según la ley 746 de 2002, por la cual se regula la tenencia y registro de perros potencialmente peligroso.
- Dar un trato humano y respetuoso que impida que el animal se torne agresivo o violento, impedir que ataque a otras personas o animales.
- Esterilizar o castrar según el caso.
- Cumplir con el Estatuto de Protección Animal (Ley 84 de 1.989)
